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¿Por qué junio es el mes del orgullo gay? avances y retos en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Cada año, las calles de diferentes partes del mundo, de nuestro país e incluso de Chihuahua, se llenan de consignas, música y las emblemáticas banderas del arcoíris, pero ¿por qué en junio?

El origen se remonta al 28 de junio de 1969, día en que ocurrieron los disturbios de Stonewall en Nueva York. En aquellos tiempos solían organizarse redadas en contra de personas LGBTTTI+, pero esa noche, personas trans, drag queens, lesbianas y racializadas, se enfrentaron a la brutalidad policial en un bar llamado Stonewall Inn. Dicha rebelión marcó el inicio de una serie de manifestaciones, resistencias y del movimiento moderno por los derechos de este grupo a nivel internacional y desde entonces, junio fue adoptado como el mes del orgullo, en honor a quienes lucharon y siguen luchando.

En México, la organización y movilización de las personas que pertenecen a este grupo poblacional comenzó en la década de 1970. Aquellos años nació el Frente Homosexual de Acción Revolucionaria que incluso, publicó el primer manifiesto a favor de los derechos de las personas homosexuales, mismo que fue denominado: “Contra la práctica del ciudadano como botín policiaco”. El documento se dio a conocer en la Revista Siempre y dentro de los noventa firmantes se encontraron figuras intelectuales como: Nancy Cárdenas, Carlos Monsiváis, Juan Rulfo, Elena Poniatowska y Ofelia Medina.

El orgullo, cabe recordar, se refiere a la reafirmación de la identidad, no a una cuestión de soberbia. Se considera un acto de dignidad y resistencia política.

Fotografía: Marcha del Orgullo LGBT+ en Chihuahua 2024, Erik Díaz Cordero, Archivo CEDH Chihuahua

La ONU define identidad de género como la vivencia interna e individual tal como cada persona la siente profundamente, la cual podría corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento.

“A lo anterior, se incluye la vivencia personal del cuerpo (que podría involucrar la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios médicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que la misma sea libremente escogida) y otras expresiones de género, incluyendo la vestimenta, el modo de hablar y los modales” señala la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (OACNUDH).

Fotografía: Marcha del Orgullo LGBT+ en Chihuahua 2024, Erik Díaz Cordero, Archivo CEDH Chihuahua

¿Qué significa LGBTTTIQ+?

LGBTTTIQ+ significa: Lesbiana, Gay u homosexual, Bisexual, Travesti, Transgénero, Transexual, Intersexual Queer. El signo “+”, refiere la suma de nuevas comunidades y disidencias como quienes se denominan, asexual, pansexual, demisexual u otras.

Leyes mexicanas

Actualmente se cuenta con legislaciones internacionales y nacionales que protegen a este grupo poblacional, sin embargo, los retos persisten. De acuerdo con el Observatorio Nacional de Crímenes de Odio, se continúan presentando actos de violencia y discriminación hacia personas LGBTTTIQ+, particularmente en zonas rurales y en contextos familiares. En su mapa de rastreo del sitio web, fundacionarcoiris.org.mx, suman 97 casos de asesinatos posiblemente vinculados con crímenes de odio durante el año 2024.

Por lo anterior, se considera que junio más que una fiesta, es un acto de protesta, un aquí estamos. Fotografía: Marcha del Orgullo LGBT+ en Chihuahua 2024, Erik Díaz Cordero, Archivo CEDH Chihuahua

Entre las reformas y disposiciones mexicanas que han marcado un parteaguas se encuentran:

Imagen: Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Chihuahua

Entre las reformas de los últimos años, destacan las relacionadas con los delitos contra la orientación sexual y la identidad de género de las personas. En el Código Penal Federal, Artículo 209, Capítulo X, se establecen multas y prisión para quien menoscabe dichos derechos. A la letra dice:

Artículo 209 Quintus.- Se impondrá de dos a seis años de prisión y multa de mil a dos mil veces el
valor diario de la Unidad de Medida y Actualización a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie
cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe,
anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

Asimismo se menciona que, “se aumentará al doble la sanción prevista en el párrafo que precede, cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de dieciocho años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad”.

Chihuahua, retos contra la discriminación

A nivel nacional se contabiliza que la población LGBTTTIQ+ asciende a cinco millones de personas, es decir, 5.1% de la población de 15 años y más. Lo anterior se traduce en que una de cada 20 personas se identifica como parte de este grupo poblacional, según la última Encuesta Nacional sobre Diversidad Sexual y de Género (2021) del INEGI.

Imagen: INEGI.

En ciudades como Chihuahua capital y Ciudad Juárez, el movimiento LGBTTTIQ+ ha ido obteniendo visibilidad. En el estado se registró un total de 138 mil 632 habitantes mayores de 15 años de edad que se autoidentifican como LGBTTTIQ+. Entre las necesidades que contempla dicho grupo, se hallan las publicadas en el Programa Estatal de Derechos Humanos, emitido por la Comisión Estatal de los Derechos Humanos en conjunto con la Secretaría de Gobierno del Estado, las mismas, están relacionadas con el derecho al libre desarrollo de la personalidad, a la identidad, a la no discriminación entre otros.

Fotografía: Marcha del Orgullo LGBT+, Erik Díaz Cordero, Archivo CEDH Chihuahua

En las siguientes tablas se muestran algunos ejemplos de testimonios recabados en dicho documento. La información fue recolectada mediante diversos foros regionales a los que acudieron personas que residen en el estado de Chihuahua y que incluyeron la sociedad civil, así a como integrantes de instituciones públicas.

Imagen: Programa Estatal de Derechos Humanos

Aunque los temas son abundantes es notable que existe interés en eliminar el menoscabo de derechos básicos, como el derecho al trabajo. Resalta que en dicha área la discriminación se encuentra casi 10% más alta en comparación con quienes no pertenecen a la comunidad LGBTTTIQ+, según datos del INEGI.

Imagen: Programa Estatal de Derechos Humanos

Vía: DH Noticias, Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Chihuahua

Fuentes
Suprema Corte de Justicia de la Nación (Acción de Inconstitucionalidad 28/2015)
Suprema Corte de Justicia de la Nación (Jurisprudencia 1a./J. 8/2017 (10a)

Encuesta Nacional sobre Diversidad Sexual y de Género (INEGI 2021)
Código Penal Federal
Observatorio Nacional de crímenes de odio contra personas LGBT
Programa Estatal de Derechos Humanos 2024

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